RELOJ

domingo, 20 de febrero de 2011

EL RIESGO FINANCIERO Y SUS DIFERENTES TIPOS

Hace referencia a las incertidumbres en operaciones financieras derivadas de la volatilidad de los mercados financieros y de crédito.
El riesgo financiero también lo podemos definir como la probabilidad de ocurrencia de un evento que tenga consecuencias financieras negativas para una organización.
Este concepto hay que entenderlo teniendo en cuenta muchos aspectos ya que los resultados esperados pueden ser positivos pero también pueden ser negativos.



De hecho, existe la posibilidad de que los inversores realicen apuestas financieras en contra del mercado, movimientos de éstos en una u otra dirección pueden generar tanto ganancias o pérdidas en función de la estrategia de inversión.
Existen diferentes tipos de Riesgo Financiero: los podemos agrupar en seis grandes grupos, por una parte el RIESGO DE MERCADO dentro de este podemos diferenciar tres tipos: Riesgo de Cambio, Riesgo de Tipo de Interés y Riesgo de Mercado. Por otra parte existe el RIESGO DE CRÉDITO, a continuación encontramos el RIESGO DE DIVISA, EL RIESGO DE VOLATILIDAD, el RIESGO DE PRECIO y por último el RIESGO DE LIQUIDEZ.


EL RIESGO DE MERCADO.

Antes de empezar a explicar este tipo de riesgo vamos a comenzar por definir la palabra RIESGO así nos será más f
Fácil comprender a lo que nos enfrentamos; riesgo es una palabra que viene del latín “risicare” que significa “atreverse”, en finanzas atreverse lo podemos traducir en pérdidas o ganancias para aquellos que se arriesgan (en este caso los inversores, deudores, entidades financieras etc.) El riesgo es producto de la incertidumbre que existe sobre el valor de los activos financieros, ante movimientos adversos de los factores que determinan su precio; a mayor incertidumbre mayor riesgo.


Después de haber comprendido lo que es el riesgo en finanzas podemos decir que el RIESGO DE MERCADO es la pérdida potencial en el valor de los activos financieros debido a movimientos adversos en los factores que determinan su precio, también conocidos como factores de riesgo; por ejemplo: las tasas de interés o el tipo de cambio.
RIESGO DE CAMBIO: también lo podemos llamar riesgo cambiario, este riesgo implica que un agente económico coloque parte de sus activos en una moneda o instrumento financiero denominado en moneda diferente de la cual utiliza este agente como base para sus operaciones cotidianas.
Entre los tipos de cambio que relacionan a dos monedas, por ejemplo: dólar-euro o yen-libra existe una diferencia de valor entre ellas, estas variaciones dan lugar a un cierto factor de riesgo que se incrementa de acuerdo con la volatilidad que hay en el precio de estas monedas.
El tipo cambiario, al ser un precio relativo, se ve afectado por el valor de cualquiera de los dos precios de las monedas y los determinantes de estas, por lo cual evaluar el riesgo de cambio es una labor que implica conocer los componentes que determinan el valor de la moneda en términos de otra.
Otra vía para analizar el comportamiento cambiario es aquella que toma en cuenta el mercado de bienes y servicios, y compara precios de bienes similares o tasa de inflación para evaluar el poder de compra de una y otra moneda.




 RIESGO DE TIPO DE INTERÉS: se trata del riesgo de que el precio de un título que suceda un interés fijo, como por ejemplo un bono, una obligación o un préstamo, se vea afectado porque aumentan los tipos de interés del mercado. Normalmente, un aumento de los tipos de interés de mercado influyen negativamente en el precio de un bono de cupón fijo y al contrario un descenso de los tipos de interés afectara positivamente a la cotización de los bonos de cupón fijo.
El riesgo de tipo de interés se mide por la duración del título, cuanto más grande sea la vida del título, más aumenta este riesgo.
El riesgo de tipo de interés está presente en nuestras vidas continuamente, sobre todo en cualquier operación bancaria, por ejemplo todo préstamos que pidamos a una caja o banco va a ir asociado a un tipo de interés que va a ser lo primero que vamos a empezar a pagar, cuanto más alto sea el préstamo y cuando más largo sea el tiempo en el que vamos a devolver el dinero más intereses vamos a pagar.
Una definición rápida y concisa de lo que podemos entender como riesgo de tipo de interés: es el riesgo que soporta un inversor ante variaciones de los tipos de interés en sentido diferente al esperado.


RIESGO DE CRÉDITO
Es la posibilidad de incurrir en una pérdida si la contrapartida de una transacción no cumple plenamente las obligaciones financieras, acordadas por contrato, a su debido tiempo, forma o cuantía.
Por lo tanto, la calidad del riesgo puede estar determinada tanto por la probabilidad de que se produzca el incumplimiento del contrato, como por la reducción de las garantías
Dentro del riesgo de crédito podemos encontrar tres principios:
LA PERDIDA ESPERADA: media anticipada de las pérdidas de la cartera.




LA PÉRDIDA NO ESPERADA: volatilidad de las pérdidas respecto a la media.
CAPITAL REGULATORIO Y ECONÓMICO: capital necesario para proteger a la entidad de pérdidas elevadas, superiores a la pérdida esperada.
Hay cuatro tipos de riesgo de crédito:
SOPORTADO POR LOS PARTICULARES: Los particulares se enfrentan a un riesgo de crédito cuando depositan su dinero en un banco, lo prestan, o firman contratos en los que se los obliga a realizar un depósito (como en un contrato de alquiler). De ser empleados de una empresa también están expuestos al riesgo de que ésta no haga efectivos sus salarios.
SOPORTADO POR EMPRESAS: Las empresas están expuestas al riesgo de crédito cuando venden a plazo. Muchas compañías cuentan con departamentos de riesgos cuya labor consiste en estimar la salud financiera de sus clientes para determinar si es posible venderles a crédito o no.
SOPORTADO POR INSTITUCIONES FINANCIERAS FRENTE A CLIENTES PARTICULARES: Las entidades financieras soportan un riesgo de crédito cuando prestan dinero a sus clientes particulares a través de productos tales como tarjetas de crédito, hipotecas, líneas de crédito o préstamos personales.
SOPORTADO POR INSTITUCIONES FINANCIERAS FRENTE A CLIENTES CORPORATIVOS: Las instituciones financieras también se enfrentan a un riesgo de crédito cuando prestan dinero a otras empresas y organismos. Usualmente, los bancos ofrecen tipos de interés que dependen de la probabilidad de incumplimiento del deudor, exigen garantías y en ocasiones, imponen restricciones adicionales (como la de limitar los dividendos o la imposibilidad de endeudarse por encima de ciertos límites)
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RIESGO DE DIVISA
El riesgo de divisa se deriva del desconocimiento del precio de una divisa en la que se va a realizar una transacción. Concretamente, el riesgo de tipo de cambio o también llamado exchange risk o currency risk, se materializa por variaciones en el tipo de cambio en sentido contrario al esperado.
Antes de tomar decisiones que impliquen cambios de divisas se deben tener en cuenta todas las variables que afectan al tipo de cambio y que puedan producir una apreciación o depreciación de la inversión, como por ejemplo: la balanza por cuenta corriente, los tipos de interés, la inflación, entre otros.
RIESGO DE VOLATILIDAD
El riesgo de volatilidad o volatility risk es el riesgo que existe de que un cambio en la volatilidad afecte de manera negativa al precio del bono. Esta contingencia es posible que afecte en aquellos activos que llevan incorporados determinadas opciones y cuyo precio depende, a parte del nivel de tipos de interés, de factores que pueden influir en el valor de las opciones incorporadas.


RIESGO DE PRECIO
El riesgo de precio es el que se deriva de la posibilidad de que el valor de un instrumento financiero sufra fluctuaciones como consecuencia de cambios en los precios de mercado, ya sea por causa de factores específicos del título o de su emisor, o por factores inherentes al mercado en el que se contratan estos productos.


RIESGO DE LIQUIDEZ
El riesgo de liquidez o de financiación, consiste en el hecho de que la empresa se encuentre ante dificultades al obtener los fondos con los que cumplir los compromisos asociados con los instrumentos financieros. Igualmente, puede ser entendido como la incapacidad para vender un activo rápidamente y obtener del mismo un importe próximo a su valor razonable.








sábado, 19 de febrero de 2011

LOS PLANES DE PENSIONES


Un plan de pensiones se trata de una forma de ahorro que sirve para cumplimentar la pensión que se recibe tras la jubilación, no siendo sustitutiva de esta misma y que permite pasado un tiempo, recuperar el valor de lo invertido más los rendimientos o intereses que haya generado en ese periodo.
Normalmente, estos ahorros se invierten en un fondo conocido como fondo de pensiones con una serie de garantías fiscales específicas. 
La unidad de cuenta es la cantidad de capital invertido por un ahorrador y que forma parte del fondo de pensiones. El valor de la unidad de cuenta se determina diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo (donde se invierte) entre el número total de unidades de cuenta.
La entidad gestora  es la que dedica a gestionar el dinero, esta entidad es la responsable y la que se encarga de controlar las cantidades que se invierten en el plan de pensiones, así como informar a las personas que poseen el plan de pensiones de la evolución de su dinero. La unidad gestora debe estar inscrita en la Dirección General del Seguros (DGS) y debe tener la autorización de Administración para poder operar. Se necesitan mecanismo para supervisar y garantizar la eficiencia de la gestión, el más corriente es la constitución de una comisión de control, que está formada por los propios partícipes del fondo. Si no se estuviese de acuerdo con la gestión del patrimonio se llevarían a cabo las acciones legales correspondientes.
La entidad depositaria es aquella donde se deposita el dinero.
La gestión de estas participaciones acarrea una serie de gastos en forma de comisiones que suelen ser:
Comisión gestora: que es la que nos cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios, esta cantidad se deduce diariamente del valor de la unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de gestión suele oscilar entre el 1 y el 2% de las cantidades aportadas.
Comisión de depósito: que es la que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores. De igual manera que ocurre con la comisión de gestión esta cantidad se deduce diariamente del valor unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de depósito suele oscilar entre el 0,0% y el 0,6% de las cantidades aportadas.
Comisión de traspaso: Está prohibido el cobro de comisiones por traspaso.
Hoy en día casi ninguna entidad cobra esta comisión ya que la legislación vigente dispone que el traspaso de un plan de pensiones a otro se haga sin ningún coste para el partícipe.
En un plan de pensiones hay una cantidad mínima que la entidad gestora exige aportar. Dicha cantidad se denomina aportación mínima y aunque no hay fijada una cantidad mínima la finalidad de la aportación mínima es evitar trámites administrativos que repercutirían negativamente en la rentabilidad final del plan. En la mayoría de los planes existen clausulas por las que el partícipe se compromete a desembolsar de manera periódica a favor del plan.
Una de las negativas que tienen los planes de pensiones es que cuando metes tú dinero en el plan de pensiones no puedes disponer de él cuando quieras, digamos que es como una hucha cerrada que no la puedes abrir hasta que te jubiles. Por lo tanto aunque necesites disponer de ese dinero (salvo en casos concretos llamados Supuestos Especiales de Liquidez) no lo podrás tenerlo a tu disposición.

Estos Supuestos Especiales de Liquidez son: por fallecimiento, por jubilación, por invalidez absoluta y permanente del partícipe, por paro prolongado (más de dos años), o por enfermedad grave.


Las formas que puedes “rescatar” tu dinero de los panes de jubilación son las siguientes:
Rescate en forma de capital: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en un sólo pago. Todas las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 tienen una exención fiscal del 40%; las realizadas posteriormente, no tienen ningún tipo de exención. Como el cobro se realiza de una sola vez, el partícipe ese año asumirá una gran carga fiscal, pudiendo llegar al tramo máximo del 43% para cantidades importantes.
Rescate en forma de renta: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en pagos diferidos mediante la constitución de un seguro de rentas. El impacto fiscal no es tan fuerte como en el caso de rescate en forma de capital, ya que el partícipe sólo tributará ese año por el importe recibido. El resto de los años seguirá tributando al tipo pertinente hasta la finalización de la renta.
Rescate en forma mixta: Consiste en combinar las dos anteriores, rescatando una parte en forma de capital y la otra en forma de renta.

Los planes de pensiones se han incrementado gracias al “bache” económico por el que está pasando España desde hace tres años, la gente afirma que tal y como están las cosas las pensiones de los próximos jubilados no van a ser tan copiosas como pensaban, lo que les ha hecho ponerse en alarma y crearse un plan de pensiones por lo que pueda pasar, con el lema “más vale prevenir que curar”.


Toda aportación al Plan de Pensiones desgrava sobre la Base Imponible del partícipe. Esto quiere decir, que toda la aportación anual se resta integra de la Base Imponible del titular en el I.R.P.F, por lo que en la práctica, Hacienda, devuelve un alto porcentaje de la aportación en el siguiente año fiscal.
Desde la reforma fiscal del 1 de enero de 2007, se establecen unos importes máximos anuales en las aportaciones, siendo de 10.000 euros para los menores de 50 años y de 12.500 euros para los partícipes de 50 años inclusive en adelante.
En el próximo vídeo veremos la opinión de ciertos políticos sobre los planes de pensiones.




Cabe destacar dentro de este tema un artículo que se público en el periódico diario  “el Economista” el pasado Martes 15 de febrero de 2011 bajo el titular de “Histórica reforma de las pensiones” el titular afirmaba que la bajada de las pensiones no se debía a una crisis económica sino a una crisis demográfica ya que hay una mayor esperanza de vida y la natalidad esta en los mínimos lo que ha hecho que la gente se preocupe por su futuro y haya decidido hacerse un plan de pensiones. El periodista Roberto Pereira Costa (foto al final del texto) afirma que con o sin crisis las pensiones peligran la única forma de solventarlo es con "medidas nucleares de reforma": jubilación a los 65 años para los que hayan cotizado 38,5 años y a los 67 para los que hayan cotizado menos de 37 años; ampliación de los actuales 15 años a 25 para el periodo de cómputo de pensión.

Para finalizar me gustaría mostrar un cuadro de la distribución de los planes de pensiones.
















lunes, 7 de febrero de 2011

LOS SWAP

El segundo post trata de los swap; Los swap se trata de un contrato en el que dos partes se comprometen a intercambiar unas cantidades dinerarias en fechas futuras.  Como todos conocemos, los intercambios de dinero en un periodo de tiempo futuro están referenciados a tipos de interés, llamando a este tipo de interés “Interest Rate Swap” (IRS), aunque de forma más genérica podemos definir un swap como cualquier intercambio futuro de bienes y servicios. 
Los swap son complejos y tienen un gran riesgo, se utiliza normalmente por grandes empresas al realizar ciertas inversiones o incluso compras a crédito para cubrirse las espaldas si los tipos de interés suben más del nivel previsto. El único inconveniente de esto es que si el interés baja no pueden beneficiarse de esto.
En los últimos años, debido a la actual crisis económica, se vuelve a oír hablar del “swap”, al que también se le conoce como “clip hipotecario”.
Lo sorprendente es que algunos bancos y cajas de este país, sobre el año 2008 ((cuando los tipos de interés alcanzaban máximos históricos y se preveía una fuerte bajada) comenzaron a ofertar a muchas familias que suscribían un préstamo hipotecario por  la compra de su vivienda, o incluso a pequeños empresarios para su negocio, una “especie de contrato de seguro” que les beneficiaba frente a la subida de tipos de interés, pero ante la bajada de los tipos les perjudicaba gravemente. En realidad, el swap es un producto apto para grandes empresas e inversores, no apto para familias y pequeños negocios.
Lo más normal es que los swap no aparezcan en las escrituras de los préstamos, sino que aparecen en un anexo aparte de estas escrituras. Lo cierto es que las entidades financieras no informaron a las familias de los riesgos y el complejo funcionamiento que estos clips hipotecarios conllevaban ya que si se suscribe al estar el Euribor en máximos, cuando empieza a bajar, el cliente no se beneficia de la bajada, sino que realmente  tiene que pagar dinero al banco o caja.
Cuando ofrecieron estos productos, las entidades hacían ver a sus clientes que lo que firmaban era un seguro contra la subida del tipo de interés, cuando realmente lo que se formalizaba era un contrato de permuta financiera y, en ningún momento, se les informaba de los riesgos  frente a la bajada de los tipos.
Como consecuencia de esto muchas familias se vieron engañadas, timadas y sintieron que las entidades bancarias se habían aprovechado de ellos. Un ejemplo de esto lo podemos escuchar con el próximo video que cuelgo, en el cual un dos pequeños empresarios se sienten engañados por un banco.

Recientemente, se han dictado dos sentencias sentando jurisprudencia aplicable. Concretamente la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén de 27 de marzo de 2009, y la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava de 7 de abril de 2009. En dichas sentencias se acuerda la nulidad de los productos financieros de alto riesgo swap, que los bancos y cajas habían ofrecido a familias y pequeñas empresas y autónomos.
En ambas sentencias, se entiende que el consentimiento de los clientes se prestó por error, debido a la falta de información facilitada por la entidad bancaria y las cláusulas complejas del contrato, por lo que se ha declarado su nulidad. Consecuencia de dicha nulidad es que las entidades financieras deben proceder a la devolución de las cantidades cobradas a los clientes, así como a indemnizarles por los daños y perjuicios causados.

Después de este ligero paréntesis explicando algunas de las consecuencias que ha tenido este tipo de contrato para pequeños empresarios y familias en los últimos tiempos continuaremos con el swap en concreto y sus partes.
Partes de un Swap: un swap consta de dos partes para cada uno de los contratantes: El compromiso de cobro de dinero a futuro y el compromiso de pago de dinero a futuro (en el que el compromiso de cobro de dinero a futuro lo tendría la entidad financiera que concede el contrato y el compromiso de pago de dinero a futuro lo tendría la empresa que en un principio de beneficia de este contrato). Cada una de estas partes se la llama “pata” nombre que proviene del inglés “leg”.
Gráficamente lo podemos representar así:

Donde se producen para una de las contrapartidas una serie de flujos de cobros y una serie de flujos de pagos desde el momento inicial del contrato (t=0) hasta su vencimiento (t=v). Lógicamente, lo que para una de las partes son derechos de cobros son compromisos de pagos para la otra y viceversa.
Un swap va a tener un valor económico, este valor económico  si es determinable, reflejará en cualquier momento del tiempo la cantidad a pagar o recibir para entrar o salir del contrato en función de en qué lado del compromiso estamos nosotros.
Para hallar el valor de un swap utilizaremos la técnica del arbitraje para valores de compromisos futuros. El arbitraje consiste en replicar los flujos del swap mediante instrumentos simples de forma que la agregación de la valoración de los instrumentos simples será el valor económico del compromiso en su conjunto. El valor económico (VE), pues, lo podemos expresar como:

Cuando el NPV es positivo, deberemos pagar a nuestra contraparte el NPV para entrar en el contrato de swap ya que de esta forma hacemos justa la transacción, no supone una pérdida para nadie inicialmente entrar en el contrato. Si el NPV es negativo, nuestra contrapartida, nos pagara el NPV ya que de otra forma no nos interesara nunca entrar en un swap donde de inicio tenemos una pérdida por el valor económico (VE=NPV) de la transacción. Si el NPV es igual a cero, entrar en transacción es justo para ambas partes.
En función de la variable a la que se referencien los cobros y pagos futuros la función será diferente. Esto significa que los instrumentos simples que utilizaremos para calcular el valor económico por arbitraje (NPV) serán diferentes en función de cada variable a la que se referencien los flujos.
Un swap tiene básicamente dos utilidades:
Para cambiar nuestros bienes futuros: nos puede interesar cambiar algunos bienes durante un tiempo por otros bienes necesarios para nuestra actividad o bienestar.
Para especular: entraremos en un swap si nuestra visión es que los bienes que recibiremos a futuro van a suponer para nosotros mayor valor que los bienes que entregaremos a futuro.

Como conclusión de todo este tema podemos afirma que todos los países que disponen de mercados financieros desarrollados, han creado mercados de productos derivados donde se negocian contratos de futuros sobre tipos de interés, divisas e índices bursátiles y contratos de opciones sobre divisas, tipos de interés, índices bursátiles, acciones y contratos de futuros.
Los productos derivados se definen como la Familia o conjunto de instrumentos financieros, cuya principal característica es que están vinculados a un valor subyacente o de referencia. Los principales productos derivados son los futuros, las opciones, los warrants, las opciones sobre futuros y los swaps.
Un ejemplo de Swap es:
"Ejemplo de un swap de divisas realizado entre IBM y el Banco Mundial en 1981: IBM convirtió a dólares unas emisiones anteriores de deuda en francos suizos y marcos alemanes de IBM.
El swap permitió a IBM aprovecharse del aumento del dólar a principios de los años 80 y fijar el tipo de cambio al que repagar su deuda. Por su parte el Banco Mundial emitió bonos en dólares que le proporcionaron los dólares necesarios para el swap, y consiguió a cambio financiamiento en francos suizos y marcos"
Por lo tanto el contrato denominado swap, es un instrumento con amplias posibilidades de uso y no es tan específico como suele utilizarse, simplemente es desinformación o que en algunos mercados bursátiles poco desarrollados, no lo ofertan mucho.


kh